martes, agosto 25, 2026
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Mendoza reglamentó la Ley de Arbolado Público y establece nuevas reglas para proteger los árboles

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El Gobierno de Mendoza reglamentó la Ley 9702, que modifica el régimen de Arbolado Público y establece nuevas responsabilidades para los municipios, criterios ambientales comunes para toda la provincia y herramientas para mejorar el registro y control del patrimonio forestal.

La reglamentación fue formalizada mediante el Decreto 1720, publicado el lunes 24 de agosto en el Boletín Oficial. La medida complementa las modificaciones introducidas este año a la Ley 7874 y busca ordenar la conservación, mantenimiento, poda, erradicación y reposición de los ejemplares en el territorio mendocino.

Nuevas responsabilidades para municipios y Provincia

Uno de los principales cambios establece una distribución más precisa de las competencias. Los municipios tendrán jurisdicción exclusiva sobre el arbolado ubicado en calles, avenidas, plazas, paseos y otros espacios que se encuentren bajo dominio municipal.

La Provincia, en tanto, conservará la jurisdicción sobre el arbolado situado en caminos, rutas y espacios vinculados con organismos provinciales, nacionales, Vialidad, Irrigación y las inspecciones de cauces. A través de la autoridad ambiental provincial también deberá establecer y supervisar criterios técnicos mínimos comunes para la conservación y manejo del arbolado.

Además, cada municipio deberá elaborar un Plan de Manejo Integral del Arbolado Público con una vigencia de cuatro años. Estos programas deberán contemplar aspectos vinculados con el riego, la poda, el estado sanitario, la extracción y reposición de ejemplares, las situaciones de emergencia y la reforestación.

La planificación urbana deberá contemplar a los árboles

La nueva reglamentación también incorpora disposiciones relacionadas con el crecimiento urbano. Los municipios deberán avanzar en la adecuación de sus códigos de edificación para contemplar las necesidades de espacio de las raíces y las copas de los árboles.

Asimismo, los proyectos de obras privadas que puedan afectar ejemplares existentes deberán ser coordinados previamente con las áreas de planeamiento correspondientes. De esta manera, la planificación de nuevas construcciones deberá considerar la presencia del arbolado y evitar intervenciones que comprometan su conservación.

Un registro digital para conocer el patrimonio forestal

Otra de las herramientas incorporadas es la plataforma digital Mi Árbol, que funcionará como un sistema de registro del arbolado público. La información permitirá identificar los ejemplares según su especie y ubicación y avanzar en un seguimiento unificado del patrimonio forestal.

En los seis departamentos que integran el Gran Mendoza ya se encuentran registrados más de 500.000 árboles. Los municipios que todavía no dispongan de un censo forestal tendrán un plazo de 90 días para registrar su patrimonio arbóreo e incorporar la información al sistema.

La normativa también contempla que las erradicaciones y nuevas plantaciones sean incorporadas al registro, con el objetivo de contar con información actualizada sobre la evolución del arbolado.

Restricciones para la poda y la extracción

El nuevo esquema establece que los particulares no podrán podar, talar, erradicar ni manipular por cuenta propia los ejemplares ubicados en espacios públicos. Las intervenciones deberán realizarse mediante los organismos correspondientes y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la normativa.

La reglamentación también fija criterios específicos para las tareas de poda y establece condiciones para la extracción de ejemplares. Entre las situaciones que pueden justificar una erradicación aparecen problemas de estabilidad, enfermedades incurables, daños a infraestructura, cuestiones de seguridad vial y la presencia de especies que no resulten adecuadas para determinados espacios.

Además, por cada ejemplar erradicado deberán plantarse al menos tres nuevos árboles, de acuerdo con las disposiciones difundidas sobre la reglamentación.

Multas de hasta 9 millones de pesos

El decreto establece un régimen de infracciones clasificadas como leves, graves y muy graves. Las sanciones pueden alcanzar las 15.000 Unidades Fijas en los casos de mayor gravedad, una cifra que actualmente equivale a unos 9 millones de pesos.

Entre las conductas sancionables figuran las podas no autorizadas, el corte de raíces sin respaldo técnico, la tala o erradicación sin autorización y determinadas intervenciones que puedan comprometer la supervivencia de los ejemplares.

Las infracciones más graves incluyen la destrucción no autorizada de varios árboles, las podas drásticas o mutilaciones, el envenenamiento deliberado y la falsificación u ocultamiento de información técnica. La sanción económica no excluye la obligación de recomponer, reparar o compensar el daño ocasionado cuando corresponda.

La seguridad frente a la caída de árboles

La reglamentación adquiere relevancia en un contexto marcado por distintos episodios de caída de árboles y ramas registrados en Mendoza. Un relevamiento periodístico contabilizó al menos seis personas fallecidas por hechos de este tipo desde enero de 2025.

El episodio más reciente ocurrió el 1 de agosto de 2026, cuando un árbol cayó sobre una camioneta que circulaba por la Ruta Nacional 143, a la altura de Pareditas, en San Carlos. Dos personas murieron y otras dos resultaron heridas. El hecho ocurrió durante una jornada con fuertes ráfagas de viento.

En este escenario, la nueva normativa apunta a fortalecer los mecanismos de identificación, mantenimiento y control de los ejemplares que puedan representar un riesgo, al mismo tiempo que establece responsabilidades concretas para cada jurisdicción.

Un reconocimiento internacional

La nueva reglamentación se implementa en una provincia que cuenta con un reconocimiento internacional por su gestión del arbolado urbano. El Área Metropolitana de Mendoza recibió la distinción Tree Cities of the World, otorgada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la Arbor Day Foundation.

El reconocimiento correspondió a UNICIPIO, integrado por los municipios de Ciudad de Mendoza, Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo y Maipú, y convirtió al área metropolitana en la primera de América Latina en obtener esta distinción.

Con la reglamentación de la Ley 9702, Mendoza busca ahora consolidar un sistema de gestión que combine la protección del arbolado, la planificación urbana, el control municipal y la supervisión ambiental provincial.

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